A
A.P.I
Agente de la propiedad inmobiliaria
Aceptación
Se entiende al hecho de aceptar el contrato y los términos descritos en
el mismo de un préstamo hipotecario ofertado por una entidad bancaria
Actualizar
Técnica de cálculo financiero utilizada para reflejar en unidades
monetarias actuales un flujo de cantidades situadas en distintos
momentos.
Acuerdo de compraventa
En muchas ocasiones se firma este documento en el que se refleja el acuerdo alcanzado entre vendedor
y comprador, antes de firmar la escritura.
Agencia de Protección de Datos
Ente de Derecho Público, independiente de las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus funciones,
que vela por el cumplimiento de la legislación sobre la protección de datos personales informatizados y controlar su aplicación.
Alícuota
Parte igual y proporcional de un todo.
Amortización
Devolución de un préstamo mediante pagos a cuenta del total.
Apreciación
Incremento en el valor de un bien debido a cambios en el mercado u otras causas.
Arras
Es la cantidad de dinero que el comprador entrega al vendedor como
garantía del contrato en el momento en que el comprador recoge el bien.
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B
Base de Cálculo
El número de días utilizado en la fórmula para calcular los intereses.
Según el año natural sería 36.500 y según el año comercial sería
36.000. La mayoría de entidades usan la base 36.000 ya que los
intereses son algo mayores.
Buena fe
Concepto que refleja la buena intención de una o varias de las partes contratantes, a la hora de firmar un contrato.
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C
Cadena de titularidad
Historial que refleja mediante documentos, los diferentes titulares que
una propiedad ha tenido a lo largo del tiempo, desde el primero hasta
el último.
Cantidades Garantizadas
Importe total de la deuda que cubre la hipoteca, no sólo es el
principal que se ha prestado, también incluye una cantidad por
intereses y las posibles costas por un juicio por impagados. Es la base
que se utiliza para el cálculo de los honorarios del notario en la
escritura de hipoteca.
Capital
Es la cantidad que la entidad financiera está prestando.
Carencia
Es el período inicial de la vida de un préstamo en el que el cliente
únicamente paga los intereses, no amortizando nada de capital.
Carga
Gravamen que afecta a un bien como puede ser una hipoteca o una servidumbre (i.e. de paso o de vistas).
CECA
Tipo de referencia utilizado para determinar el interés de los
préstamos hipotecarios a tipo variable, que corresponde al tipo medio
de los préstamos de uno a tres años y de los préstamos hipotecarios
para la adquisición de la vivienda libre de tres o más años.
Cédula catastral
Del contenido de esta cédula dependerá el importe del recibo del
Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Es un documento expedido por el
Catastro, que revela las características físicas y la condición de
vivienda de la finca
y también recoge si el valor catastral, trascendente a efectos fiscales, es decir, ITP, IVA, IRPF, Impuesto sobre
el Patrimonio, etc.
Cédula de habilabilidad
Es el documento que presupone al idoneidad de la finca para el uso al
que se destina la vivienda y se debe hacer previamente a la ocupación
de una vivienda de nueva construcción. Por esa debemos de exigirla.
Cédula urbanística
La cédula urbanística es un documento expedido por el Ayuntamiento
respectivo que confirma la legalidad de la construcción del inmueble
(licencia de las obras, aprobación del proyecto y a la primera
utilización). Si se trata
de la adquisición de una vivienda de primera mano, es fundamental acreditar la legalidad urbanística.
Certificación Registral
Es la consulta al registro de la propiedad para comprobar la existencia
de algún carga o condicionante de la propiedad que se quiere adquirir.
Cheque
Documento parte de un talonario por el que se puede hacer disposición
del dinero que una persona tiene disponible en una cuenta corriente.
Cheque al Portador
Aquel que puede ser cobrado por cualquiera que lo presente ante la entidad financiera que figura en el mismo.
Cheque barrido
Ver Cheque cruzado.
Cheque Conformado
Es un cheque en el que consta, en el anverso del mismo, la aprobación
del banco de que hay fondos suficientes para hacer frente al pago.
Cheque Nominativo
El extendido a nombre de cualquier persona física o jurídica.
CIRBE
Central de Información de Riesgos del Banco de España, lugar donde
recurren las entidades financieras, bajo autorización del cliente, para
consultar los niveles de riego y morosidad de los interesados en
contratar un préstamo hipotecario.
Comisión de Apertura
Es un pago que se hace a la entidad financiera por una única vez al
inicio del préstamo. Suele fijarse como un porcentaje del préstamo y
suele tener un mínimo. Como todas las comisiones es negociable con la
entidad.
Comisión de cancelación anticipada
Con la devolución anticipada del préstamo la entidad financiera podría
ver limitados los beneficios que esperaba obtener; además, con esta
comisión la entidad reduce las posibilidades de un cliente de cambiar
su hipoteca a otra entidad. Por ley, si el préstamo es a interés fijo,
el máximo de comisión que se puede cobrar es del 3% y si el préstamo es
de interés variable, es del 1%.
Comisión de Cierre
Al efectuarse el último plazo del préstamo, se debe formalizar la carta
de pago del banco, mediante escritura pública inscrita en el Registro,
que anula la hipoteca que existe sobre el bien. Tenemos por lo tanto,
unos gastos de notaría y registro que afectan al préstamo, y que se
cargan como comisión de cierre.
Comisión de entregas a cuenta
Es un supuesto similar al de la cancelación anticipada, pero en este
caso, la devolución no es sobre el importe total pendiente, sino
únicamente sobre una parte.
Comisión de Estudio
Es un pago que hace a la entidad financiera, al inicio de la operación,
en concepto de análisis y concesión del préstamo. Suele ser un
porcentaje y tiene un mínimo. Como todas las comisiones también es
negociable.
Comisión de Subrogación
Es el pago que recibe una entidad financiera por el cambio de la
persona titular del préstamo (ver subrogación). Este cambio tiene que
ser autorizado por la entidad financiera. Normalmente se produce cuando
una persona adquiere una vivienda a un constructor que a su vez tenía
una hipoteca sobre la vivienda.
Comisión por amortización anticipada
Ver Comisión de cancelación anticipada.
Comisión por gastos de envío de recibos
Es el pago, normalmente fijo, que se le hace a la entidad financiera en
concepto de los gastos que ésta tiene al enviar los recibos al
domicilio del titular del préstamo.
Comisión por modificación de contratos
Es el pago que se hace a la entidad financiera en concepto de los
gastos administrativos que le produce la modificación del contrato
original. Suele calcularse como un porcentaje sobre el capital
pendiente de pago. También se la conoce como comisión por novación.
Comisión por No amortización
Si uno de los plazos resultara impagado, la entidad cobrará una
comisión, en la que no se incluyen los gastos de demora por ser un
concepto éste, diferente.
Comisión por Novación
Ver Comisión por modificación de contratos.
Comisión por reclamación de cuotas impagadas
Es un pago, normalmente fijo, que se le hace a la entidad en el caso de
haberse devuelto algún recibo o cuota en concepto de los gastos
adicionales que se le generan al tener que volver a emitir el recibo.
En cualquier caso hay que tener precaución porque los porcentajes que
cobran son muy elevados y costosos para los clientes. Algunas
asociaciones de consumidores han impugnado esta comisión ante los
tribunales.
Comisiones
Porcentajes sobre el importe total del préstamo que la entidad
financiera puede cobrar al prestatario, por diversos conceptos, siempre
y cuando se encuentren expresamente recogidas en la escritura del
préstamo.
Comprobación Urbanística
Es la consulta a los planes urbanísticos correspondientes a la
localidad en la que está situada la finca. Se recomienda por si hubiere
un plan que afectase al inmueble que se quiere adquirir.
Comunero
Copropietario.
Concursar
Participar en un acto.
Contingencias
Condiciones que deben tenerse en cuenta ya que pueden condicionar en gran medida la validez del contrato de hipoteca.
Contribución Urbana
Es una tasa municipal de carácter anual que soporta el propietario de
la vivienda o propiedad inmobiliaria, urbana o rústica. También se la
conoce como IBI: impuesto de bienes inmuebles.
Crédito hipotecario
Es un contrato por el que una entidad financiera abre una línea de
financiación de la que el titular puede ir tomando cantidades según sus
necesidades (esta es la principal diferencia con un préstamo, en este,
la cantidad inicial es fija y sólo hay una entrega de dinero por parte
de la entidad). El titular se obliga a devolver las cantidades que haya
recibido en los plazos y condiciones pactadas entre las partes. En el
caso de incumplimiento por el receptor del dinero, la entidad tiene la
garantía hipotecaria con lo que pasará a ser la propietaria del bien.
El crédito se formaliza en escritura pública para poder ser inscrito en
el Registro de la Propiedad.
Cuota a pagar
Es el importe que el cliente se compromete a pagar periódicamente
(mensual, trimestral o anual) a la entidad financiera que le ha
concedido el préstamo, en concepto de intereses y devolución del
capital prestado. Lo normal es que sea constante aunque también puede
ser creciente.
Cuota constante
El importe a pagar es siempre el mismo, siempre y cuando no varíe el tipo de interés.
Cuota creciente
Se establece un porcentaje a pagar, a partir del cual la cuota va
aumentando periódicamente. Al inicio de la amortización del préstamo,
se paga menos, pero los intereses son, al final del periodo de
amortización, sustancialmente mayores al de los demás sistemas de
amortización.
Cuota de capital Constante
Ver Cuota decreciente.
Cuota de Participación
Porcentaje asignado a cada vivienda o local de un edificio que implica
la participación en los gastos que ésta genera en igual proporción.
Cuota decreciente
El capital amortizado es siempre el mismo, reduciéndose constantemente los intereses, y así, la cuota a pagar.
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D
Deuda
Obligación que uno tiene de pagar o devolver a otro lo que antes se le prestó.
Diferencial
El importe que las entidades financieras añaden al tipo de interés de
referencia. Este importe puede determinarse como un importe fijo o como
un porcentaje. Es muy importante tenerlo en cuenta ya que será lo que
marque la diferencia entre los diferentes préstamos. El diferencial
será menor, cuanto mayor sea el índice de referencia.
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E
Escritura de Compraventa
Documento oficial, expedido por un notario, donde constan las cláusulas
y condiciones que se hayan pactado entre comprador y vendedor. Para que
tenga efectos frente a terceros debe estar inscrita en el Registro de
la Propiedad.
Escritura de Hipoteca
Documento oficial, expedido por un notario, donde constan las cláusulas
y condiciones que se han pactado entre acreedor y deudor de un préstamo
o crédito hipotecario. Para que tenga efectos frente a tercero debe
estar inscrita en el Registro de la Propiedad.
Estatutos
Conjunto de reglas por las que se rige una persona de carácter cooperativo o asociado, por ejemplo la comunidad de vecinos.
EURIBOR
Sustituto del MIBOR, como consecuencia de la entrada en la Unión
Europea, y el traspaso de competencias del Banco de España al Banco
Central Europeo. Se entiende por el precio al que una entidad
financiera de primer nivel está dispuesta a prestar dinero a otra
entidad financiera del mismo volumen e importancia. Por esto, el
EURIBOR se convierte en uno de los índices de referencia más
importantes en las operaciones bancarias, publicándose varios de ellos
en función del espacio temporal al que hacen referencia (día, semana,
mes, etc) Este hecho se está dando paralelamente en todos los estados
de la Unión Europea, y debemos exigir su aplicación, sobre todo en caso
de que llegue la fecha de revisión en préstamos de interés variable.
Exigibilidad
Tiempo que falta para el vencimiento de una obligación de pago.
Exonerar
Liberar de una obligación.
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F
Fallido
Persona que no puede pagar la deuda que tiene. También puede hacer referencia a la propia deuda.
Fecha de ajuste
Momento en el que el tipo de interés de una hipoteca de tipo mixto pasa de ser fijo a variable.
Fecha valor
Es el día que cuenta a los efectos de cobros y pagos para una entidad financiera.
Fedatario público
Son los notarios o corredores de comercio.
Fiador
Es el que garantiza el cumplimiento de una obligación de otro.
Fianza
Cantidad entregada a cuenta para reservar el derecho de compra del
inmueble, que se perderá en caso de no efectuar dicha compra con las
condiciones pactadas, y le será devuelto por un valor doble, si el
vendedor no cumple lo estipulado.
Firma de la Escritura
El titular del préstamo, tiene tres días hábiles para estudiar la
escritura del préstamo en el despacho del notario, antes de la firma de
la misma.
Folleto Informativo
Documentación que las entidades financieras deben entregar gratuita y
obligatoriamente a quien solicite un préstamo hipotecario. Recoge las
condiciones financieras del préstamo, de manera orientativa, clara y
estandarizada. La Ley obliga a las entidades de crédito a poner a
disposición del público un folleto informativo gratuito, sobre los
préstamos hipotecarios que oferten al mercado, además de hacer
referencia a los clientes sobre su derecho a recibir ofertas
vinculantes con carácter gratuito, sobre préstamos hipotecarios. Ambos
deberán exponerse en un tablón de anuncios, claramente visible.
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G
Gastos bancarios
Son los gastos asociados a la contratación de un préstamo. 'Ver comisiones'
Gastos notaría
Es el pago que se hace a la notaría por la realización de la escritura
pública de compraventa otorgada por el notario. La cuantía a pagar
depende de los aranceles establecidos, los cuales varían según el
número de folios que tenga la escritura.
Gestoría
La gestoría es la encargada de todos los tramites de administración (liquidación de impuestos, inscripción de escrituras...)
Gravamen
Carga de carácter fiscal que se impone sobre determinados bienes gastados o rendimientos obtenidos.
Hecho imponible
Acto u operación que genera la obligación a pagar un determinado tributo o impuesto.
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H
Hipoteca
Se constituye una hipoteca cuando no se tiene todo el dinero que se
necesita para comprar una vivienda. En este caso, el banco o entidad
financiera presta el dinero tomando como garantía real la vivienda, de
forma que si la deuda no es satisfecha en las condiciones pactadas, el
bien garantizado pasa a ser del banco. La hipoteca se mantiene hasta
que ha sido devuelto la totalidad del préstamo.
Al contar con una garantía real como la propia vivienda, los bancos
pueden ofrecer mejores condiciones en un préstamo hipotecario que en un
préstamo personal.
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I
I.B.I.
Impuesto de bienes inmuebles (ver Contribución urbana).
Importe
Es la cantidad de dinero que la entidad financiera entrega al cliente.
Por lo general no supera el ochenta por ciento del valor de tasación
del bien hipotecado, aunque en condiciones especiales se puede llegar a
negociar el cien por cien. Para estos casos entran en juego factores
como la inclusión de avalistas, hecho que ofrece mayores garantías.
Impuesto de transmisiones patrimoniales
Impuesto aplicado a la compraventa de viviendas de segunda o
posteriores transmisiones. Su importe es del 6 % sobre el precio
escriturado. En este caso no es de aplicación el Impuesto de actos
jurídicos documentados.
Impuesto sobre actos jurídicos documentados
Impuesto que recae sobre la documentación formal de determinados actos
jurídicos. Este impuesto se debe pagar al formalizar la escritura de
compraventa, y al firmar el préstamo hipotecario. En el caso de la
formalización de la escritura, el importe asciende al 0,5 por ciento
del precio escriturado, y es sólo aplicable para viviendas libres,
siempre y cuando el IVA sea devengado. El porcentaje cobrado en este
impuesto en el momento de constitución de la hipoteca, asciende al 0,5
por ciento de la denominada total responsabilidad hipotecaria, que es
la cantidad máxima que el banco puede reclamar en caso de impago del
préstamo.
Impuesto sobre el incremento de valor del inmueble vendido
Pagado en concepto de incremento del valor del inmueble vendido,
depende de factores como el valor catastral del suelo, años
transcurridos desde la adquisición de la vivienda y el municipio al que
pertenece. El pago de dicho impuesto corresponde al vendedor.
Impuesto sobre el valor añadido IVA
Impuesto indirecto únicamente aplicable en el caso de viviendas nuevas
(primera transmisión). El importe a satisfacer se calcula aplicando un
porcentaje sobre el precio que figure en la escritura. Este porcentaje
es del 6 % en vivienda libre o de protección oficial. En viviendas de
protección oficial de régimen especial es del 3 %. Este tipo de
viviendas tributan por el impuesto de actos jurídicos documentados,
equivalente al 0,5 % del valor declarado de compraventa.
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J
Juicio de Cognición
Vía de resolución ordinaria para los casos en los que la cantidad
demandada iguala o supera las 80.001 Ptas. hasta las 800.000 Ptas.
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L
Libertad de Carga
Constatación de que la finca que se quiere adquirir no tiene ningún
derecho limitado y que su titular es dueño sin restricciones (por
ejemplo de otras hipotecas).
Límite de crédito
Es la cantidad máxima de la que se puede disponer en un crédito.
Límite máximo y mínimo
En los contratos de hipotecas de tipo variable, existe una cláusula que
refleja el límite máximo y mínimo que el interés puede alcanzar.
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M
Mancomunidad
Se da cuando en un crédito concurren varios acreedores o deudores estando la deuda repartida entre ellos.
MIBOR
Son las iniciales de Madrid Inter-banking Offer Rate. Se entiende así
al tipo de interés al que las entidades bancarias se prestan dinero
entre ellas en el mercado interbancario. Existen diferentes tipos en
función del plazo, siendo el MIBOR a un año el más corriente en
préstamos. Es muy sensible al cambio, en función de las expectativas
económicas, políticas y financieras que se den en el entorno, además de
situarse como el índice más bajo de cuantos se utilizan, por lo que el
diferencial que se le impone suele ser más alto dentro de la tipología
de índices de referencia. Con la entrada del EURO, el MIBOR será
sustituido por el EURIBOR, que tendrá las mismas características. A la
hora de revisar el tipo de interés, en los casos de préstamos con tipo
variable, debemos exigir la aplicación del EURIBOR a la entidad
bancaria.
Mora
Retraso en el pago de una deuda que provoca el cobro de un interés de demora (ver interés de demora).
Moratoria
Se dice del plazo solicitado o impuesto para no hacer frente inmediatamente al pago de una deuda ya vencida.
Morosidad
Retraso en el pago de una deuda.
Moroso
El que se retrasa en el pago de sus deudas sin una causa justificada.
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N
Nota simple del Registro de la Propiedad
Es la información que nos ofrece el Registro de la Propiedad sobre el
estado de cargas (i.e. quién es el propietario, si existen hipotecas
previas, o problemas de cualquier tipo) que tiene la vivienda que se
quiere adquirir.
Notario
Es un fedatario público necesario para el otorgamiento de las
escrituras públicas, sin las cuales no es posible la inscripción en el
registro ni la solicitud de un préstamo hipotecario
Novación
Cualquier cambio acordado por las partes, que afecte a elementos
sustanciales del contrato (plazos, tipos, cuotas, etc.) y que para que
surta efecto debe constar en el Registro de la Propiedad.
Nudo propietario
Propietario de un bien que cede su uso y disfrute a otro.
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O
Oferta vinculante
Una vez que la entidad financiera ha estudiado el expediente de
concesión de la hipoteca y lo ha aprobado, informa al cliente sobre las
condiciones del préstamo y se ve obligada a mantener esas condiciones
como mínimo durante 10 días, en la práctica suele ser un mes.
Ofrecimiento de pago
Es la voluntad expresa del deudor al acreedor de cumplir con sus deudas.
Oneroso
Gravoso, que tiene un coste, no es gratuito.
Opción de Compra
Derecho a comprar una finca en una fecha determinada a un precio
pactado. La opción de compra se adquiere, normalmente, adelantando una
cierta cantidad del dinero sobre el precio total de la vivienda. Tener
una opción de compra sobre el inmueble que quiere adquirir, le permite
disponer de más tiempo para contratar un préstamo o buscar una vivienda
mejor.
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P
Pagaré
Documento por el que una persona reconoce su obligación de hacer frente a una cantidad en un tiempo fijado.
Pago
Se refiere a la entrega de dinero para saldar una deuda por la compra de una vivienda.
Periocidad de pago
Periodo de tiempo que transcurre entre el pago de una cuota y otra. Por
lo general suele ser de un mes, aunque también puede realizarse cada
trimestre o semestre.
Periodo de Carencia
Periodo de tiempo, al inicio de la vida del préstamo, en el que el
prestatario sólo paga la parte correspondiente a los intereses, sin
amortizar nada del principal.
Periodo de Interés
Es el plazo durante el cual permanece vigente e inalterado el tipo de
interés inicial acordado en el préstamo. En el tipo fijo coincide con
el plazo del préstamo. En el tipo variable suele ser de un año.
Plazo de Amortización
Es el tiempo acordado en la escritura del préstamo para que el cliente
devuelva a la entidad financiera la totalidad de la cantidad prestada.
Por lo general, el plazo de pago puede llegar hasta los treinta años,
pero lo usual son entre quince y veinte años, para evitar que el pago
de intereses sea excesivo. Por ello es conveniente ajustar al máximo el
plazo del préstamo, evitando alargarlo innecesariamente. De ello
depende su capacidad de pago.
Plusvalía
Es una tasa municipal que paga el vendedor en función de la
revalorización de la finca (diferencia entre lo que le costó al
vendedor y el precio de la transmisión actual).
Préstamo a cuota fija
La cuota a pagar se mantiene constante durante toda la vida del
préstamo, acortándose o alargándose el plazo en función de la variación
del tipo y, por lo tanto, de los intereses.
Préstamo Hipotecario
Es un contrato por el que una entidad financiera entrega una cantidad
de dinero determinada y fija, obligándose quien lo recibe a devolverlo
en los plazos y condiciones pactadas entre las partes.
Préstamo Personal
La característica principal de este tipo de préstamo es la garantía a
título personal del prestamista, o en su defecto, la de los avalistas
que se tengan a tal efecto. Su espacio temporal es menor que en las
hipotecas, no pasando de los diez años. El reembolso del préstamo se
suele hacer de forma mensual, con cuotas iguales e intereses tanto
variables como fijos, aunque se pueden negociar de cualquier otra forma
con la entidad bancaria.
Prima
Cantidad anual pagada por la póliza de seguro y la cantidad necesaria para mantener la vigencia del contrato.
Primera Hipoteca
Se denomina así a la hipoteca que por primera vez pesa sobre un inmueble.
Primera Vivienda
Es la finca donde habitual y oficialmente consta la residencia del propietario.
Principal
Es la parte de capital remanente o pendiente de devolución a la entidad financiera.
Protección de datos
Existe una legislación en materia de protección de datos, la Ley
Orgánica 5/92 de 29 de Octubre (LORTAD), para limitar el posible abuso
de la informática sobre los datos de carácter personal, para garantizar
la intimidad personal y familiar así como el pleno ejercicio de los
derechos fundamentales. Su finalidad principal es velar por el
cumplimiento de la legislación sobre protección de datos personales
informatizados y controlar su aplicación, en especial en lo relativo a
los derechos de información, acceso, rectificación y cancelación de
datos. Para cualquier cuestión relacionada con la Agencia de Protección
de Datos la dirección es Paseo de la Castellana 41, Madrid 28046,
teléfono 913.08.48.31, área de Atención al Ciudadano.
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R
Redondeo
En el caso de tipo de interés variable o mixto con redondeo, hay que
sumar al índice de referencia y al diferencial el porcentaje necesario
para que la cantidad total quede ajustada al porcentaje determinado por
dicho redondeo.
Reembolso
Es la cancelación por plazos de una deuda devolviendo el principal y los intereses pactados en el préstamo o crédito.
Referencias
Porcentaje que se establece como parte fundamental del tipo de interés
cuando este es variable y sobre el que se va a revisar el interés del
préstamo. La referencia no es susceptible de ser modificada ni por el
prestatario ni por la entidad bancaria. Es el Banco de España quien
publica oficialmente el precio del dinero en el mercado. Las
referencias utilizadas que tienen la categoría de oficiales son:
EURIBOR, MIBOR, IRPH, CECA y el Tipo de rendimiento de la Deuda Pública
de plazo entre 2 y 6 años.
Registro de la Propiedad
El registro de la propiedad sirve para inscribir la propiedad de los
bienes inmuebles y los derechos que recaen sobre ellos. En caso de
compra venta con préstamo hipotecario se inscribe tanto la adquisición
como los derechos reales que recaen sobre ellos.
Consultando al registro mediante una nota simple antes de registrar se
tiene la certeza de quién es el dueño de la finca y que cargas
(hipotecas, embargos) recaen sobre la misma.
Se puede pedir una nota simple o una certificación, ambas contienen la
descripción de la finca, la titularidad y las cargas. La primera tiene
valor meramente informativo. La certificación acre´dita fehacientemente
el contenido del registro y va firmada por el registrador.
Resarcir
Indemnizar o compensar.
Rescindir
Dejar sin efecto un contrato por alguna causa legal.
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S
Saldo
Es lo que queda de la diferencia entre gastos ingresos.
Segunda Vivienda
Es aquella finca no destinada al uso habitual u oficial del titular de
la vivienda. De cara a solicitar un préstamo hipotecario su implicación
es que las entidades prestan, normalmente, un porcentaje menor sobre el
valor total de la vivienda.
Seguro de Incendios
Es obligatorio en las hipotecas contratar dicho seguro a favor de la entidad financiera que nos da el préstamo.
Seguro de vida
Es habitual, aunque no obligatorio, incorporar al préstamo hipotecario
un seguro que garantice la devolución del capital en el caso de
fallecimiento del titular.
Seguro multiriesgo-hogar
Seguro que protege de daños producidos en la vivienda o en el contenido de la misma.
Sistemas de Amortización
Modo en el que se acuerda que se va a devolver el préstamo. Puede ser
cuotas constantes, cuotas de capital constante, cuotas de capital
creciente. El más común es el de cuotas constantes.
Solvencia
Es la capacidad para hacer frente a las deudas contraídas.
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T
T.A.E.
Es la tasa anual equivalente. La TAE transforma las condiciones
financieras aplicadas a un préstamo a su equivalente anual,
incorporando el tipo de interés nominal, las comisiones y el plazo de
amortización. Permite, por tanto, conocer cuál sería el coste efectivo
o real de la operación si los tipos de interés existentes en el momento
de la formalización del crédito no experimentasen ninguna variación a
lo largo de la vida de éste. Permite comparar hipotecas con distinto
tipo de interés (aunque, si son variables, referenciados al mismo
índice), distintas comisiones e igual plazo. En otros casos la
comparación estará falseada.
Tasación
Valoración de la vivienda o inmueble certificado por sociedades
constituidas al efecto. Mediante este certificado no sólo se conoce el
valor real de la vivienda, sino que además sirve de base para obtener
el préstamo hipotecario solicitado.
Tiene que ser realizada por un perito independiente y autorizado por el
Ministerio de Economía y Hacienda. Su validez es de seis meses.
Tasación de la vivienda normativa y consejos
La normativa vigente establece que la entidad bancaria y el solictante
del préstamo han de ponerse de acuerdo en la elección del profesional o
empresa que lleve a cabo la tasación.
En la práctica, los bancos imponen al tasador y cobran al cliente el gasto derivado de ella.
Antes de realizar la tasación es importante aclarar con la entidad
financiera cual es el coste y quien lo va a soportar. Así mismo dejar
claro quien asume el coste en caso de que el préstamo fuera denegado.
Siempre podrá usted disponer de copia del original de dicho informe.
Consejo: algunos bancos quieren cobrar la tasación antes de comunicar
las condicioenes del préstamo. Infómrese antes de pagar nada.
Tipo de interés
Es el porcentaje de remuneración con el que el deudor retribuye el capital que le ha sido prestado
Tipo de interés Efectivo
Ver T.A.E.
Tipo de Interés Nominal
El que aparece en los contratos.
Título
Documento que demuestra la compra, modificación o extinción de un derecho real (i.e. la hipoteca).
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U
Usucapión
Es un modo de hacerse con la propiedad de las cosas por el uso de las mismas según las condiciones establecidas por ley.
Usufructo
Cesión del uso y disfrute de un bien a otra persona, que no la titularidad.
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V
Valor catastral
Es la cifra que en la que se valora el bien en el IBI, lo componen el
valor del suelo y el de la construcción, multiplicados ambos por el
índice de aprovechamiento.
Valoración
Operación con la que los peritos realizan la tasación de un bien o derecho.
Vencimiento
Fecha en la que debe ser pagada una deuda.
Vivienda de protección oficial
Se dice de aquellas dedicadas a vivienda habitual y permanente que
tengan una superficie máxima útil de noventa metros cuadrados
cumpliendo las condiciones fijadas de precios y calidad. Para poder
acceder a estas viviendas no se pueden superar ciertos niveles de renta.
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